Capítulo CAPÍTULO III
Art. 15
En vigor desde 19 may 2017
1. El presidente o la presidenta es el órgano de gobierno que tiene la representación de la cámara y ejerce la presidencia de todos sus órganos colegiados. Es responsable de la ejecución de los acuerdos del pleno y del comité ejecutivo. El cargo de presidente o presidenta no será retribuido.
2. El presidente o la presidenta será elegido por el pleno de entre sus miembros, en la forma que determinen los reglamentos de régimen interior de cada cámara y supletoriamente en la forma que reglamentariamente determine la administración tutelante, pudiendo ser reelegido en una sola ocasión consecutivamente.
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Proeli/es-ib/l/2017/05/12/1#art-15