Título TÍTULO VII

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 14 feb 2015
Se autoriza al Gobierno de la Generalidad para que habilite los créditos necesarios para aplicar las disposiciones de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2015/02/05/1#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil