Título TÍTULO VII
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 14 feb 2015
El paisaje y el patrimonio cultural de Arán son dos de las características especiales del territorio y, en consecuencia, las administraciones públicas deben velar de forma especial por su conservación y preservación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2015/02/05/1#disposicion-adicional-sexta