Título TÍTULO VIII

Art. 132

En vigor desde 26 mar 2015
El Plan Riojano de Asistencia Médica en el Deporte tendrá como destinatarios a los distintos integrantes de los estamentos deportivos con licencia en vigor, así como a los niños y jóvenes inscritos en los Juegos Deportivos de La Rioja, y a la comunidad universitaria en las actividades propias de este ámbito organizativo. La Administración autonómica hará partícipes al Colegio Oficial de Médicos de La Rioja, a las federaciones deportivas riojanas y a las universidades de La Rioja en la elaboración de los programas del plan.
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eli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-132

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