Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 130

En vigor desde 26 mar 2015
1. La Administración autonómica en el ámbito del deporte fomentará, a través de su reconocimiento, la colaboración con el deporte de las sociedades mercantiles y de otras entidades privadas con personalidad jurídica propia. 2. Se establece el Reconocimiento Empresarial Deportivo como un sistema de distinciones de concesión anual instituido para reconocer y premiar actuaciones de las sociedades mercantiles y de otras entidades con personalidad jurídica propia destacadas por sus actuaciones de patrocinio privado y de promoción del deporte en La Rioja. 3. El sistema de Reconocimiento Empresarial Deportivo se desarrollará reglamentariamente y estará basado en la concesión de tres clases de distinciones en función de la valoración del nivel de compromiso y de las aportaciones al deporte y/o al ejercicio físico, de conformidad con un sistema de evaluación por módulos.
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eli/es-ri/l/2015/03/23/1#art-130

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