Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 89
En vigor desde 14 abr 2015
Los titulares de los derechos cinegéticos serán responsables solidarios de las infracciones que cometan sus empleados en acciones de molestia intencionada, persecución, captura o muerte de ejemplares de especies de fauna amenazada contemplada en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, sin perjuicio del derecho a repetir contra los responsables últimos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2015/03/12/1#art-89