Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 27

En vigor desde 18 abr 2014
1. La consejería competente en materia de artesanía elaborará un Plan integral para el fomento de la artesanía en la Región de Murcia, para promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa. 2. El Plan integral para el fomento de la artesanía tendrá un carácter periódico y contendrá las estrategias, acciones, programa financiero y mecanismo de evaluación. 3. El procedimiento para la aprobación del Plan contará con la necesaria participación de los sectores interesados, oído el Consejo Asesor Regional de Artesanía.
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eli/es-mc/l/2014/03/13/1#art-27

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