Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 mar 2012
Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar cuantas disposiciones con carácter general sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.
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eli/es-cm/l/2012/02/21/1#disposicion-final-primera

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