Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 ene 2022
La estructura de las tarifas, los tipos de gravamen, los precios de referencia, los supuestos de no sujeción, las exenciones y las infracciones y sanciones establecidos en esta ley podrán ser modificados por las leyes de Presupuestos de cada año. Se modifica por la disposición final 6.3 de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2022-2544 Se modifica por el .8 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-11996

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eli/es-cn/l/2011/01/21/1#disposicion-adicional-primera

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