Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 14 jun 2007
Las disposiciones de la presente Ley podrán ser de aplicación, en las condiciones que se establezcan, a la situación contemplada en el artículo 7.1.i) de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
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eli/es-cl/l/2007/03/07/1#disposicion-adicional-sexta

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