Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional sexta
69 / 74En vigor desde 14 jun 2007
Las disposiciones de la presente Ley podrán ser de aplicación, en las condiciones que se establezcan, a la situación contemplada en el artículo 7.1.i) de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
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Proeli/es-cl/l/2007/03/07/1#disposicion-adicional-sexta