Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 14 jun 2007
Las disposiciones de la presente Ley podrán ser de aplicación, en las condiciones que se establezcan, a la situación contemplada en el artículo 7.1.i) de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
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