Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Oficinas de Farmacia§ Subsección 7.ª Titularidad y recursos humanos

Art. 30

En vigor desde 27 abr 2007
Reglamentariamente se establecerá el procedimiento para el nombramiento de los farmacéuticos regentes, sustitutos y adjuntos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2007/03/16/1#art-30

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil