Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Oficinas de Farmacia›§ Subsección 7.ª Titularidad y recursos humanos
Art. 30
En vigor desde 27 abr 2007
Reglamentariamente se establecerá el procedimiento para el nombramiento de los farmacéuticos regentes, sustitutos y adjuntos.
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Proeli/es-as/l/2007/03/16/1#art-30