Art. 1

En vigor desde 24 ene 2007
1. Se crea la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito orgánicamente a la consellería competente en materia de interior y justicia. 2. Para el cumplimiento de sus fines la Academia Gallega de Seguridad Pública goza de personalidad jurídica propia, autonomía funcional y plena capacidad de obrar. Dispone de patrimonio propio y se regirá por la presente ley y, de forma supletoria, por las demás normas que le sean de aplicación de acuerdo con su naturaleza jurídica.
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eli/es-ga/l/2007/01/15/1#art-1

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