Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
En vigor desde 29 abr 2005
1. Son órganos del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria el Consejo Rector, el Presidente y el Director.
2. Reglamentariamente se establecerá un Consejo Técnico Asesor, formado por técnicos y profesionales de reconocido prestigio, que representen a los sectores y atiendan a la realidad insular, así como otros órganos que resulten necesarios para el eficaz ejercicio de las funciones encomendadas.
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Proeli/es-cn/l/2005/04/22/1#art-4