Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 12
En vigor desde 25 may 2005
1. Son causas de disolución de la pareja de hecho regulada en la presente Ley:
a) La muerte o declaración de fallecimiento de una de las partes integrantes de la pareja de hecho.
b) El mutuo acuerdo.
c) La voluntad unilateral de una de las partes integrantes, notificada fehacientemente a la otra.
d) El matrimonio entre las partes integrantes de la pareja.
e) El matrimonio de cualquiera de las partes que componen la pareja de hecho con una tercera persona.
f) El cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.
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Proeli/es-cb/l/2005/05/16/1#art-12