Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 7 mar 2004
Reglamentariamente se determinarán los órganos de Gobierno de la Empresa Pública «Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura», así como su composición, régimen de funcionamiento y organización.
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Proeli/es-ex/l/2004/02/19/1#disposicion-adicional-primera