Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 11 jun 2003
Los procedimientos en trámite a la entrada en vigor de la presente Ley en relación con los expedientes de alteración de términos municipales, deberán ajustarse a lo previsto en esta Ley.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/03/1#disposicion-transitoria-unica