Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 169

En vigor desde 11 jun 2003
1. El patrimonio de las entidades locales está constituido por el conjunto de bienes y derechos que les pertenezcan. 2. Los bienes de las entidades locales son de dominio público o patrimoniales.
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eli/es-ri/l/2003/03/03/1#art-169

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