Título TÍTULO IV

Art. 31

En vigor desde 9 mar 2003
Las medidas dirigidas a la protección jurídica de las personas que tengan disminuida su capacidad de obrar y que no puedan valerse por sí mismas tienen por objeto defender los intereses y derechos de las personas que se encuentren en dicha situación y conllevan la adopción de medidas tendentes a asegurar su bienestar.
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eli/es-as/l/2003/02/24/1#art-31

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