Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 27 mar 2003
1. El Servicio Cántabro de Empleo tiene como finalidad esencial ordenar de manera integral y coordinada la gestión de una política orientada al pleno empleo, estable y de calidad, garantizando una actuación eficaz en la búsqueda de empleo de los trabajadores y la cobertura apropiada de las necesidades de los empleadores, todo ello de manera pública y gratuita, y asegurando la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la libre circulación de los trabajadores, la unidad del mercado de trabajo, la igualdad de trato y la coordinación con el sistema nacional de empleo. 2. Con carácter general, el Servicio Cántabro de Empleo desempeñará las funciones que se especifican en su estatuto regulador.
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eli/es-cb/l/2003/03/18/1#art-2

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