Art. 2

En vigor desde 25 may 1996
El Servicio Regional de Salud Mental asumirá las competencias de planificación, dirección, control, evaluación y coordinación de la asistencia psiquiátrica de la salud mental, así como la gestión de los centros y servicios dependientes en esta materia de la Diputación Regional de Cantabria, de acuerdo con la Ley General de Sanidad.
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eli/es-cb/l/1996/05/14/1#art-2

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