Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 26
En vigor desde 11 feb 1995
En aplicación de este principio se instituye la ecoetiqueta o etiqueta ecológica como mecanismo voluntario de participación de las empresas y los ciudadanos en la protección del medio ambiente a través de la selección de productos comerciales por criterios ecológicos en el proceso de utilización de los recursos naturales, su fabricación, comercialización, consumo y abandono, respecto a lo cual la Xunta promulgará la normativa correspondiente, adecuada a la normativa general y comunitaria.
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Proeli/es-ga/l/1995/01/02/1#art-26