Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 14 jul 1994
El Gobierno promoverá, en colaboración con el Consejo Regional de Accesibilidad, campañas informativas y educativas para sensibilizar a la población en la forma de vida de las personas con capacidad limitada para facilitar su integración real en nuestra sociedad.
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eli/es-cm/l/1994/05/24/1#disposicion-adicional-sexta

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