Título TÍTULO III
Art. 30
En vigor desde 27 ene 2019
1. Se crea el Consejo Regional de Accesibilidad como el órgano colegiado de participación y consulta para la promoción de la accesibilidad universal en Castilla-La Mancha.
2. El Consejo se adscribe a la consejería competente en materia de servicios sociales.
3. La composición y funciones del Consejo, así como su organización y funcionamiento, se determinarán reglamentariamente.
Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 5/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-1695#df
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1994/05/24/1#art-30