Art. 30
Título TÍTULO III

Art. 30

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En vigor desde 27 ene 2019
1. Se crea el Consejo Regional de Accesibilidad como el órgano colegiado de participación y consulta para la promoción de la accesibilidad universal en Castilla-La Mancha. 2. El Consejo se adscribe a la consejería competente en materia de servicios sociales. 3. La composición y funciones del Consejo, así como su organización y funcionamiento, se determinarán reglamentariamente. Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 5/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-1695#df

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Pro

eli/es-cm/l/1994/05/24/1#art-30