Capítulo PARTE III. DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO PENAL

Art. 26

En vigor desde 1 jul 2002
La Corte no será competente respecto de los que fueren menores de dieciocho años en el momento de la presunta comisión del crimen.
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eli/es/ai/1998/07/17/(1)#art-26

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