Art. 33
Criterios para seleccionar la mejor oferta
En vigor desde 30 mar 2026
Artículo 33
Criterios para seleccionar la mejor oferta
Los Estados miembros establecerán los criterios para seleccionar la mejor oferta en el procedimiento de venta prenegociada. Los Estados miembros velarán por que dichos criterios sean los mismos que los utilizados para seleccionar entre ofertas competidoras en los procedimientos de insolvencia.
Los Estados miembros podrán incluir el mantenimiento del empleo en los criterios a que se refiere el párrafo primero.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2026:799:oj#art-33