Art. 95

Modificación del Reglamento (UE) 2017/1129

En vigor desde 27 nov 2024
Artículo 95 Modificación del Reglamento (UE) 2017/1129 En el artículo 1, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1129, la letra c) se sustituye por el texto siguiente: «c) los valores resultantes de la conversión o canje de otros valores, fondos propios o pasivos admisibles por parte de una autoridad de resolución en el ejercicio de una competencia mencionada en el artículo 53, apartado 2, el artículo 59, apartado 2, o el artículo 63, apartados 1 o 2, de la Directiva 2014/59/UE o en el ejercicio de una competencia mencionada en el artículo 39, apartado 2, o el artículo 42, apartados 1 o 2, de la Directiva (UE) 2025/1 del Parlamento Europeo y del Consejo (*20).
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