Art. 6

Información sobre la obligación de reparación

En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 6 Información sobre la obligación de reparación Los Estados miembros velarán por que el fabricante o, en su caso, el representante autorizado, el importador o el distribuidor pongan gratuitamente a disposición información sobre sus servicios de reparación de manera fácilmente accesible, clara y comprensible y al menos durante toda la duración de la obligación de reparar en virtud del artículo 5.
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