Art. 4
Formulario europeo de información sobre la reparación
En vigor desde 13 jun 2024
Artículo 4
Formulario europeo de información sobre la reparación
1. Los reparadores podrán proporcionar al consumidor el formulario europeo de información sobre la reparación que figura en el anexo I. El formulario europeo de información sobre la reparación se proporcionará en un soporte duradero y en un plazo razonable tras la solicitud y antes de que el consumidor quede vinculado por un contrato para la prestación de servicios de reparación.
2. El formulario europeo de información sobre la reparación se proporcionará de forma gratuita.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, cuando sea necesario un servicio de diagnóstico, incluido un examen físico o a distancia, para determinar la naturaleza del defecto y el tipo de reparación y estimar el precio de la reparación, el reparador podrá solicitar al consumidor que abone los costes necesarios de dicho servicio.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2011/83/UE, el reparador informará al consumidor de los gastos del servicio de diagnóstico.
4. El formulario europeo de información sobre la reparación especificará las siguientes condiciones de reparación de manera clara y comprensible:
a)
la identidad del reparador;
b)
la dirección geográfica en la que está establecido el reparador, así como su número de teléfono y dirección de correo electrónico y, si se dispone de ellos, otros medios de comunicación en línea que permitan al consumidor ponerse en contacto con el reparador y comunicarse con él de forma rápida, eficiente y accesible;
c)
el bien que debe repararse;
d)
la naturaleza del defecto y el tipo de reparación propuesta;
e)
el precio o, si el precio no puede calcularse razonablemente de antemano, la forma en que debe calcularse el precio y el precio máximo de la reparación;
f)
el tiempo necesario para la reparación;
g)
la disponibilidad de bienes de sustitución temporal durante el tiempo de reparación y el coste de la sustitución temporal, en su caso, para el consumidor;
h)
el lugar de entrega por el consumidor del bien para su reparación;
i)
en su caso, la disponibilidad de los servicios auxiliares, como la retirada, la instalación y el transporte, que ofrece el reparador, y el coste detallado de dichos servicios para el consumidor, si lo tuvieran;
j)
el período de validez del formulario europeo de información sobre la reparación;
k)
en su caso, información adicional.
5. El reparador no modificará las condiciones de reparación especificadas en el formulario europeo de información sobre la reparación durante un período de treinta días naturales a partir de la fecha en que se haya proporcionado dicho formulario al consumidor. El reparador y el consumidor podrán acordar un período de validez mayor del formulario europeo de información sobre la reparación. Cuando el consumidor, dentro del período de validez, acepte las condiciones de reparación establecidas en el formulario europeo de información sobre la reparación, el reparador quedará obligado a efectuar el servicio de reparación con arreglo a esas condiciones.
6. Cuando el reparador haya proporcionado al consumidor un formulario europeo de información sobre la reparación completo y exacto, se considerará que ha cumplido los siguientes requisitos:
a)
los requisitos de información relativos a las características principales del servicio de reparación establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra a), y el artículo 6, apartado 1, letra a), de la Directiva 2011/83/UE y en el artículo 22, apartado 1, letra j), de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (24);
b)
los requisitos de información sobre la identidad del reparador y los datos de contacto establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra b), y el artículo 6, apartado 1, letras b) y c), de la Directiva 2011/83/UE, en el artículo 22, apartado 1, letra a), de la Directiva 2006/123/CE y en el artículo 5, apartado 1, letras a), b) y c), de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (25);
c)
los requisitos de información relativos al precio establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra c), y el artículo 6, apartado 1, letra e), de la Directiva 2011/83/UE y en el artículo 22, apartado 1, letra i), y apartado 3, letra a), de la Directiva 2006/123/CE;
d)
los requisitos de información sobre las modalidades de la prestación y el plazo para prestar el servicio de reparación establecidos en el artículo 5, apartado 1, letra d), y el artículo 6, apartado 1, letra g), de la Directiva 2011/83/UE.
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