Art. 36

Publicidad de actos e indicaciones relativas a una sucursal

En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 36 Publicidad de actos e indicaciones relativas a una sucursal 1.   Los actos y las indicaciones relativos a las sucursales creadas en un Estado miembro por sociedades no sujetas al Derecho de un Estado miembro, pero que adopten una forma jurídica comparable a las contempladas en el anexo II, serán objeto de publicidad según el Derecho del Estado miembro en el que la sucursal haya sido creada, de conformidad con el artículo 16. 2.   Se aplicará el artículo 29, apartado 2.
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