Art. 8
Cuentas de pago ofrecidas como paquete junto con otro producto o servicio
En vigor desde 23 jul 2014
Artículo 8
Cuentas de pago ofrecidas como paquete junto con otro producto o servicio
Los Estados miembros velarán por que, cuando una cuenta de pago se ofrezca como parte de un paquete, junto con otro producto o servicio no asociado a una cuenta de pago, el proveedor de servicios de pago informe al consumidor de si es o no posible obtener la cuenta de pago sin adquirir el paquete y, en caso afirmativo, le facilite por separado información sobre los costes y las comisiones asociadas a cada uno de los otros productos y servicios ofrecidos en ese paquete que pueda adquirirse por separado.
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