Art. 24

Decisión de facilitar apoyo financiero

En vigor desde 15 may 2014
Artículo 24 Decisión de facilitar apoyo financiero La decisión de facilitar ayuda financiera de grupo de conformidad con el acuerdo será tomada por el órgano de dirección de la entidad de grupo que facilita el apoyo financiero. Esta decisión habrá de motivarse e indicar el objetivo de la ayuda financiera propuesta. En particular, la decisión indicará de qué modo la prestación de ayuda financiera cumple las condiciones establecidas en el artículo 23, apartado 1. La decisión de aceptar ayuda financiera de grupo de conformidad con el acuerdo será tomada por la dirección de la entidad de grupo que recibe el apoyo financiero.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2014:59:oj#art-24

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil