Art. 75
Vigilancia de las políticas remunerativas
En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 75
Vigilancia de las políticas remunerativas
1. Las autoridades competentes recabarán la información publicada de conformidad con los criterios de publicación establecidos en el artículo 450, apartado 1, letras g), h) e i), del Reglamento (UE) no 575/2013 y la utilizarán para comparar las tendencias y prácticas en materia de remuneración. Las autoridades competentes facilitarán a la ABE dicha información.
2. La ABE publicará directrices en materia de políticas de remuneración racionales que se atengan a los principios establecidos en los artículos 92 a 95. Las directrices tendrán en cuenta los principios en materia de políticas de remuneración racionales establecidos en la Recomendación 2009/384/CE de la Comisión, de 30 de abril de 2009, sobre las políticas de remuneración en el sector de los servicios financieros (29).
La AEVM colaborará estrechamente con la ABE en la elaboración de directrices en materia de políticas de remuneración aplicables a las categorías de personal que se dedique a prestar servicios de inversión y realizar actividades de inversión a tenor del artículo 4, apartado 1, punto 2, de la Directiva 2004/39/CE.
La ABE utilizará la información recibida de las autoridades competentes en virtud del apartado 1 para comparar las tendencias y prácticas en materia de remuneración a escala de la Unión.
3. Las autoridades competentes recabarán información sobre el número de personas físicas en cada entidad que reciban remuneraciones de 1 millón de euros o más por ejercicio, incluidas sus responsabilidades en el cargo que ocupa, el ámbito de negocio implicado y los principales componentes del sueldo, los incentivos, las primas a largo plazo y la contribución a la pensión. Esta información se transmitirá a la ABE, la cual la publicará sobre una base agregada por Estado miembro de origen en un formato común. La ABE podrá elaborar directrices para facilitar la aplicación del presente apartado y asegurar la coherencia de la información recabada.
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