Art. 1

Objeto

En vigor desde 26 jun 2013
Artículo 1 Objeto La presente Directiva establece normas sobre: a) el acceso a la actividad de las entidades de crédito y las empresas de inversión (en lo sucesivo denominadas conjuntamente «entidades»); b) las facultades e instrumentos de supervisión para la supervisión prudencial de las entidades por parte de las autoridades competentes; c) la supervisión prudencial de las entidades por parte de las autoridades competentes de manera compatible con las normas que establece el Reglamento (UE) no 575/2013; d) los requisitos de publicación para las autoridades competentes en el ámbito de la regulación y la supervisión prudencial de las entidades.
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