Art. 16

En vigor desde 23 oct 2007
Artículo 16 La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación de la presente Directiva a más tardar el 22 de diciembre de 2018 y, a continuación, cada seis años. En la elaboración de este informe se tomarán en consideración las repercusiones del cambio climático.
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