Art. 1

En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 1 1.   El objetivo de la presente Directiva es regular la utilización de los aviones de reacción subsónicos civiles, definidos en el artículo 2. 2.   La presente Directiva se aplicará a los aviones cuya masa máxima de despegue sea igual o superior a 34 000 kg o cuya capacidad interior certificada para el tipo de avión de que se trate sea superior a diecinueve asientos para pasajeros, excluidos los asientos reservados a la tripulación.
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