Art. 1

Objeto

En vigor desde 1 ago 2006
Artículo 1 Objeto La presente Directiva establece disposiciones de aplicación de la Directiva 2005/60/CE en lo relativo a: 1) los aspectos técnicos de la definición de personas del medio político que figura en el artículo 3, apartado 8, de dicha Directiva; 2) los criterios técnicos aplicables para valorar si las situaciones presentan un riesgo bajo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo a que se refiere el artículo 11, apartados 2 y 5, de dicha Directiva; 3) los criterios técnicos aplicables para valorar si, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, de la Directiva 2005/60/CE, está justificado no aplicar dicha Directiva a determinadas personas físicas o jurídicas que realicen una actividad financiera de forma ocasional o muy limitada.
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