Art. 11

Programa de actividades

En vigor desde 16 nov 2005
Artículo 11 Programa de actividades 1.   El programa de actividades contemplado en el artículo 6, letra b), deberá contener indicaciones o justificaciones relativas a: a) la naturaleza de los riesgos que la empresa de reaseguros se propone cubrir; b) los tipos de acuerdos de reaseguro que la empresa de reaseguros se proponga celebrar con empresas cedentes; c) los principios rectores en materia de retrocesión; d) los elementos constitutivos del fondo mínimo de garantía; e) las previsiones de gastos de instalación de los servicios administrativos y de la red de producción, así como los medios financieros destinados a hacer frente a dichos gastos. 2.   Además de los requisitos del apartado 1, el programa de actividades deberá incluir, para los tres primeros ejercicios sociales: a) las previsiones relativas a los gastos de gestión distintos de los gastos de instalación, en particular los gastos generales corrientes y las comisiones; b) las previsiones relativas a las primas o cuotas y a los siniestros; c) un balance de situación previsto; d) las previsiones relativas a los medios financieros destinados a la cobertura de los compromisos contraídos y del margen de solvencia.
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