Art. 11
Programa de actividades
En vigor desde 16 nov 2005
Artículo 11
Programa de actividades
1. El programa de actividades contemplado en el artículo 6, letra b), deberá contener indicaciones o justificaciones relativas a:
a)
la naturaleza de los riesgos que la empresa de reaseguros se propone cubrir;
b)
los tipos de acuerdos de reaseguro que la empresa de reaseguros se proponga celebrar con empresas cedentes;
c)
los principios rectores en materia de retrocesión;
d)
los elementos constitutivos del fondo mínimo de garantía;
e)
las previsiones de gastos de instalación de los servicios administrativos y de la red de producción, así como los medios financieros destinados a hacer frente a dichos gastos.
2. Además de los requisitos del apartado 1, el programa de actividades deberá incluir, para los tres primeros ejercicios sociales:
a)
las previsiones relativas a los gastos de gestión distintos de los gastos de instalación, en particular los gastos generales corrientes y las comisiones;
b)
las previsiones relativas a las primas o cuotas y a los siniestros;
c)
un balance de situación previsto;
d)
las previsiones relativas a los medios financieros destinados a la cobertura de los compromisos contraídos y del margen de solvencia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dir:2005:68:oj#art-11