Art. 11 · Programa de actividades

Art. 11

Programa de actividades

En vigor desde 16 nov 2005
Artículo 11 Programa de actividades 1.   El programa de actividades contemplado en el artículo 6, letra b), deberá contener indicaciones o justificaciones relativas a: a) la naturaleza de los riesgos que la empresa de reaseguros se propone cubrir; b) los tipos de acuerdos de reaseguro que la empresa de reaseguros se proponga celebrar con empresas cedentes; c) los principios rectores en materia de retrocesión; d) los elementos constitutivos del fondo mínimo de garantía; e) las previsiones de gastos de instalación de los servicios administrativos y de la red de producción, así como los medios financieros destinados a hacer frente a dichos gastos. 2.   Además de los requisitos del apartado 1, el programa de actividades deberá incluir, para los tres primeros ejercicios sociales: a) las previsiones relativas a los gastos de gestión distintos de los gastos de instalación, en particular los gastos generales corrientes y las comisiones; b) las previsiones relativas a las primas o cuotas y a los siniestros; c) un balance de situación previsto; d) las previsiones relativas a los medios financieros destinados a la cobertura de los compromisos contraídos y del margen de solvencia.
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