Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Medidas para la adquisición de medicamentos
Art. 16
En vigor desde 15 may 2020
Los medicamentos con precios de venta de laboratorio fijados administrativamente para el Sistema Nacional de Salud o con precios de referencia, dado que ya ha habido negociación con una instancia pública y fijación administrativa del precio, pueden ser adquiridos por el sistema hospitalario público de las Illes Balears al margen de los procedimientos de contratación pública.
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Proeli/es-ib/dl/2020/05/13/8#art-16