Art. 1
En vigor desde 27 jul 2021
Este decreto ley tiene por objeto la aprobación de las medidas de gestión administrativa y presupuestaria en el ámbito de la Generalitat, que deben incluirse en las bases reguladoras y en la convocatoria de las ayudas directas destinadas a personas trabajadoras autónomas (empresarias y profesionales) y empresas no financieras de todos los sectores de actividad, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, creadas en el título I del Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, de respuesta a la pandemia derivada de la Covid-19, con cargo al presupuesto del ejercicio 2021.
Las ayudas directas recibidas por las personas trabajadoras autónomas y empresas consideradas elegibles tendrán carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, con los límites establecidos en el artículo 3.2 del Real decreto ley 5/2021.
Se modifica por el del Decreto-ley 12/2021, de 23 de julio. Ref. DOGV-r-2021-90293
Tus anotaciones
ProDOGV-r-2021-90177#art-1