Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 8 mar 2023
1. La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears debe poner en marcha nuevos sistemas de provisión, de acuerdo con las modificaciones que se introducen en la Ley autonómica de función pública, en cuanto se resuelvan las convocatorias de promoción interna correspondientes a las ofertas públicas de empleo de los años 2019, 2020, 2021 y 2022.
2. La Relación de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se modificará para determinar la naturaleza de los puestos de trabajo, como genéricos o singularizados, una vez se haya aprobado el desarrollo del sistema de provisión por concurso abierto y permanente.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 6.3 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2023-13761#df-6 Se modifica el apartado 2 por la disposición final 6 del Decreto-ley 9/2022, de 7 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-2981 Se modifica el apartado 1 por la disposición final 6.3 del Decreto-ley 7/2022, de 11 de julio. Ref. BOE-A-2022-15292#df-6
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Proeli/es-ib/dl/2022/06/13/6#disposicion-transitoria-primera