Título TÍTULO 4Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 13

En vigor desde 5 feb 2021
En los procedimientos de contratación que se financien con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU hay que velar de manera especial por incorporar de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales, de digitalización y de innovación y de responsabilidad social corporativa, siempre que guarden relación con el objeto del contrato, y facilitar el acceso a las pequeñas y medianas empresas y a las empresas de economía social, así como a las empresas emergentes. También se tendrá en consideración el valor que puedan aportar en conocimiento.
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eli/es-ct/dl/2021/02/02/5#art-13

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