Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final undécima

En vigor desde 26 mar 2021
1. El presente decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 2. Aquellas medidas previstas en este decreto-ley que tienen un plazo determinado de duración se sujetarán al mismo. 3. Las previsiones contenidas en el Capítulo V del presente Decreto-ley serán de aplicación durante el curso escolar 2020/21. 4. La modificación que se efectúa en la disposición final séptima ajustará su vigencia a la de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía.

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BOJA-b-2021-90124#disposicion-final-undecima

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