Capítulo CAPÍTULO II

Art. 42

En vigor desde 26 mar 2021
1. Las notificaciones de los actos relativos al procedimiento de concesión de las subvenciones se realizarán exclusivamente de forma telemática e individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas http://www.andaluciajunta.es/ notificaciones. 2. Transcurrido diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda a su contenido la notificación se entenderá rechazada conforme a lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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BOJA-b-2021-90124#art-42

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