Título TÍTULO III

Art. 11

En vigor desde 30 sept 2022
1. La sanción por la comisión de una infracción leve prescribirá al año, la sanción por la comisión de una infracción grave prescribirá a los dos años, y la sanción por comisión de infracciones muy graves a los tres años. 2. El plazo de prescripción de la sanción comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.

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BORM-s-2022-90295#art-11

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