Art. Disposición final segunda

En vigor desde 18 feb 2021
Se habilita a la persona titular de la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo para dictar las instrucciones de contenido organizativo, dentro del ámbito de sus competencias, y adoptar las medidas que considere oportunas para la aplicación y ejecución de esta norma.

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DOGV-r-2021-90064#disposicion-final-segunda

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