Art. 3

En vigor desde 18 feb 2021
Se concederán ayudas directas destinadas a los artesanos, artesanas y pymes artesanas que cumplan los requisitos exigidos en las bases reguladoras, incluidos en alguno de los oficios recogidos en el anexo II de esta norma, vinculados con el mundo de la fiesta, afectados por la Covid-19.

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DOGV-r-2021-90064#art-3

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