Art. 4
En vigor desde 18 feb 2021
1. La gestión de estas ayudas corresponderá a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, a través de la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo y los servicios territoriales de Comercio y Consumo.
2. La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde a la persona titular de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, u órgano en que delegue.
Tus anotaciones
ProDOGV-r-2021-90064#art-4